El registro obligatorio de celulares entra en su recta final. La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) informó que México llegó a 100 millones 518 líneas móviles vinculadas a los datos de identificación de sus usuarios, lo que equivale a 83.3% de las aproximadamente 120 millones que se prevé estarán registradas antes de que termine el año. La cifra tiene corte al 2 de noviembre y deja todavía a millones de usuarios con el trámite pendiente.
¿De dónde surge el registro y para qué sirve?
La obligación no es nueva. El 8 de diciembre de 2025 la CRT aprobó los lineamientos para la identificación de líneas móviles, que establecen que desde el 9 de enero de 2026 todas las líneas deben estar asociadas a una persona física o moral. La medida forma parte de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025.
El objetivo oficial es combatir delitos cometidos desde números anónimos. La medida busca reducir el anonimato en el uso de la telefonía móvil y facilitar las investigaciones por fraude y extorsión; según la CRT, México se suma a una práctica adoptada en al menos 166 países.
¿Qué información personal se entrega?
El proceso exige asociar cada número a la Clave Única de Registro de Población (CURP) y a una identificación oficial vigente. En el caso de personas extranjeras, se puede usar el pasaporte o una CURP provisional.
Uno de los temores más extendidos es la entrega de datos biométricos. Al respecto, las empresas no solicitan huella digital ni iris; solo se pide una prueba de vida para verificar que una persona real hace el registro, y esa información se desecha antes de concluir la vinculación. Además, cada persona física puede registrar hasta 10 líneas, mientras que para las empresas no hay límite.
¿Cómo y dónde se hace el trámite?
El registro no se realiza ante el gobierno, sino con tu compañía telefónica. Los usuarios pueden completarlo de forma remota o presencial en los centros de atención de su operador. Para ubicar el enlace correcto, la CRT habilitó el micrositio registratulinea.crt.gob.mx, donde aparecen las compañías telefónicas en orden alfabético y se puede registrar tanto a personas como a empresas. Si tienes dudas, la CRT ofrece orientación en el correo dudasvinculacion@crt.gob.mx y en el teléfono 079, disponible las 24 horas.
¿Cuándo vence el plazo?
El calendario es escalonado según el último dígito del número. Para las líneas que faltan, las fechas son:
- Terminación 6: 15 de noviembre
- Terminación 7: 30 de noviembre
- Terminación 8: 15 de diciembre
- Terminación 9: 31 de diciembre
La vinculación puede hacerse en cualquier momento, sin esperar el turno correspondiente.
¿Cómo se protegerán los datos?
Según las autoridades, la información no irá a una base de datos del gobierno. La CRT precisó que la captura y el resguardo de la documentación recaen en las operadoras de telecomunicaciones y no en dependencias gubernamentales. Esto implica obligaciones legales para las empresas: deben presentar a los usuarios un aviso de privacidad que explique qué datos se recopilan y para qué, garantizar los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición) e implementar medidas de seguridad como la encriptación. La Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones ha señalado que la información solo podrá ser requerida por la Fiscalía mediante orden judicial en investigaciones de delitos específicos.
No todos están convencidos. La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) ha advertido que la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública faculta a las autoridades a requerir información a empresas privadas, como las operadoras, sin orden judicial. La organización también sostiene que no hay evidencia de que estos registros reduzcan la extorsión o el secuestro, y que podrían aumentar el robo de identidad y de teléfonos.
¿Qué pasará con quienes no registren su línea?
Quien no cumpla perderá el servicio, aunque no el número. Vencido el plazo, las compañías tienen hasta 72 horas para suspender temporalmente las líneas no vinculadas; a partir de ahí, el usuario no podrá hacer ni recibir llamadas, enviar o recibir SMS ni hacer recargas.
Hay excepciones por seguridad: la línea suspendida aún puede llamar al 911, 079 y 089, comunicarse con su compañía telefónica, recibir la alerta sísmica y completar la vinculación. Incluso, si una llamada de emergencia se corta, el 911 podrá devolverla aunque la línea siga deshabilitada.
La buena noticia es que la suspensión tiene remedio. Las líneas suspendidas pueden reactivarse una vez vinculadas, por lo que el servicio no se pierde ni se cancela de forma definitiva. No se necesita saldo para el trámite y el acceso a las plataformas de registro no consume datos.
Cuidado con los fraudes
El proceso también ha sido aprovechado por estafadores. La CRT advirtió que nunca llamará para notificar sobre la vinculación o suspensión de una línea, y recomienda no compartir datos personales, códigos de seguridad ni información bancaria si alguien te contacta para supuestamente confirmar tu registro. El trámite es gratuito y solo se hace por los canales oficiales de tu compañía.
Links oficiales
- Registra tu Línea (CRT)
- Comisión Reguladora de Telecomunicaciones
- Consulta tu CURP
- Diario Oficial de la Federación
- Profeco
- Orientación CRT: dudasvinculacion@crt.gob.mx | Tel. 079
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