Los aranceles de EE. UU. cambiaron de base legal

En su lugar, Washington activó gravámenes bajo una base legal que permite investigaciones país por país y es más difícil de impugnar.
Los aranceles de EE.UU. cambiaron de Sección 122 a Sección 301 pero Ebrard aclaró que para México "es lo mismo que teníamos" y el peso subió 0.32%.

El viernes 24 de julio expiraron los aranceles temporales bajo la Sección 122 y fueron reemplazados por la Sección 301. Ebrard aclaró que el 10% para productos que no cumplen reglas de origen del T-MEC sigue igual. Lo que cumple el tratado sigue entrando sin arancel. El peso se apreció 0.32%.

Lo que cambió y lo que no cambió el viernes 24

Los aranceles temporales del 10% que EE. UU. había impuesto el 24 de febrero bajo la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974 expiraron el viernes 24 de julio tras cumplir su vigencia máxima de 150 días.

En su lugar, Washington activó gravámenes bajo la Sección 301, una base legal que permite investigaciones país por país y es más difícil de impugnar judicialmente.

Para México, la lectura es directa según Ebrard: “Se establece para 60 países la sustitución de las disposiciones de una norma denominada 122 por otra que se denomina 301. Respecto a lo que nos aplican, pues es lo mismo que teníamos, solamente que cambia de fundamento.”

Lo que queda igual para los exportadores mexicanos

El principio fundamental no cambió:

  • Productos que cumplen reglas de origen del T-MEC: Siguen entrando a EE.UU. con arancel cero.
  • Productos que NO cumplen reglas de origen: Siguen pagando el 10%, ahora bajo Sección 301 en lugar de Sección 122.
  • Sectores con aranceles adicionales (acero, aluminio, automotriz): Sin cambios, los aranceles Sección 232 se mantienen.

¿Por qué el mercado no se asustó?

El peso se apreció 0.32% el viernes, cotizando en 17.46 pesos por dólar según Bloomberg, 6 centavos menos que el cierre del jueves.

Tipo de cambio hoy 24 de julio de 2026 (Google finance)
Tipo de cambio hoy 24 de julio de 2026 (Google finance)

La reacción confirma que el mercado leyó el cambio como una actualización administrativa, no como una nueva barrera comercial.

La diferencia real entre la Sección 122 y la 301 es la permanencia: La 122 era temporal por diseño legal. La 301 puede mantenerse indefinidamente mientras la investigación comercial lo justifique.

Para los exportadores mexicanos que ya cumplen las reglas de origen del T-MEC, el cambio no tiene impacto operativo. Para los que no las cumplen, el 10% que ya pagaban ahora tiene una base legal más duradera.

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