Las demandas contra Meta y Google por daño a menores llevan años en los tribunales de Estados Unidos. Lo que hace distinto al fallo del 25 de marzo no es la cantidad que pagaron: 3 millones de dólares. Lo que cambia todo es el argumento que el jurado aceptó. El jurado determinó que Meta y YouTube sabían que el diseño o el funcionamiento de sus plataformas era peligroso o probablemente sería peligroso para los menores. Ese “sabían” es la palabra más cara de la sentencia. Significa que el argumento de defensa que las empresas tecnológicas han usado durante años —que son plataformas neutras que no controlan el comportamiento de sus usuarios— ya no funciona ante un jurado. Este juicio fue tratado como un caso piloto dentro de una ola mucho mayor de litigios. En California, miles de demandas similares siguen en marcha, y además existen más de 2,400 casos centralizados en la justicia federal contra Meta y otras plataformas.
El modelo publicitario en el centro del problema
El juicio reveló algo que Meta y Google preferirían mantener fuera de los titulares: se argumentó que ambas empresas implementaron funciones adictivas con el objetivo de incrementar sus ingresos publicitarios, y que Meta habría priorizado métricas de compromiso por encima de advertencias internas sobre posibles efectos en la imagen corporal y la salud mental de menores. Esa combinación es exactamente el tipo de argumento que los jurados castigan con daños punitivos. El jurado concluyó que las empresas actuaron con malicia, opresión o fraude, lo que significa que pronto escucharán nuevas pruebas para decidir sobre daños punitivos adicionales. Los daños punitivos en casos de este tipo en EE. UU. pueden multiplicar varias veces el monto compensatorio inicial. Si el patrón se replica en los miles de casos pendientes, el pasivo potencial de Meta escalaría a una cifra que sí mueve el precio de su acción.
Lo que Meta y Google hacen ahora
Tanto Meta como YouTube emitieron comunicados discrepando del veredicto y prometiendo explorar sus opciones legales, lo que incluye apelaciones. Las apelaciones son el camino obvio: el caso llegará a tribunales superiores que tendrán que definir si la Sección 230 de la Ley de Decencia en Comunicaciones —el escudo legal que históricamente ha protegido a las plataformas de responsabilidad por el contenido de sus usuarios— aplica también cuando el reclamo es sobre el diseño del producto y no sobre el contenido. El tribunal permitió que el caso avanzara bajo la idea de que el diseño algorítmico y la falta de advertencias no podían resolverse sin revisión completa de pruebas. Si los tribunales superiores confirman esa interpretación, la Sección 230 dejaría de proteger a las plataformas en casos de diseño adictivo, lo que abriría la compuerta a una ola de litigios sin precedente. Para las empresas, eso significa que el scroll infinito, el autoplay y las notificaciones push pasarían a ser pasivos legales, no activos de negocio. Rediseñar las apps para eliminarlos costaría mucho menos que los juicios. Y ese cálculo es exactamente el que los abogados de Meta y Google están haciendo esta semana.